¿QUE ES UNA MINUTA?
Es un documento privado, elaborado y
firmado por un abogado, que contiene el acto o contrato (constitución de la
empresa) que debo presentar ante un notario para su a escritura pública.
MINUTA
Señor Notario:
Sírvase extender en su Registro de Escrituras Públicas, una Constitución de
Sociedad Anónima Cerrada, que otorgan:
Alfredo
Silvestre Espinoza de nacionalidad peruana, con
DNI nº 41997326, estado civil soltero.
José Lama
Reátegui de nacionalidad peruana, con DNI nº 09850285,
estado civil soltero.
Miguel Ullilen
Marcilla de nacionalidad peruana, con DNI nº
44256413, estado civil soltero.
Gustavo Galván
Badajos de nacionalidad peruana, con DNI nº45232562,
estado civil soltero.
Todos señalando
domicilio común para efectos de este instrumento en comandante Espinar Nº 230, urbanización mira,
distrito de san miguel, provincia lima, departamento de lima.
En los términos
siguientes:
Primero.- por el presente pacto social, los
otorgantes manifiestan su libre voluntad de constituir una sociedad
anónima cerrada, bajo la denominación de Metrados SLUG sociedad anónima cerrada. Se obligan a efectuar
los aportes para la formación del capital social y a formular
el correspondiente estatuto.
Segundo.- el monto del capital social es de
s/. 20,000.00 (veinte mil y 00/100nuevos soles) representado por 20,000
acciones nominativas de un valor nominal de s/. 1.00 (un y 00/100
nuevos soles) cada una, suscritas y pagadas de la siguiente manera:
Alfredo Silvestre Espinoza, suscribe 5,000 acciones nominativas y paga s/. 5,000 (cinco mil y 00/100
nuevos soles) en bienes dinerarios.
José Lama
Reátegui, suscribe 5,000 acciones nominativas y paga s/. 5,000
(cinco mil y 00/100 nuevos soles) en bienes dinerarios.
Miguel Ullilen
Marcilla, suscribe 5,000 acciones nominativas y paga s/. 5,000
(cinco mil y 00/100 nuevos soles) en bienes muebles el capital social
se encuentra totalmente suscrito y pagado.
Gustavo Galván
Badajos, suscribe 5,000 acciones nominativas y paga s/. 5,000
(cinco mil y 00/100 nuevos soles) en bienes muebles el capital social
se encuentra totalmente suscrito y pagado.
Tercero.-los otorgantes declaran que los
bienes muebles aportados a la sociedad por los socios, Miguel Ullilen
Marcilla y Gustavo Galván Badajos son los que a continuación
se detalla y que el criterio adoptado para la valorización, en cada caso,
es el que se indica:
6
computadoras de última generación
de valor de mercado s/. 10,000.00 (diez mil y 00/100
nuevos soles)
Cuarto.- la
sociedad se regirá por estatuto siguiente y en todo lo
no previsto por este, se estará a lo dispuesto por la ley general de
sociedades - ley 26887 – que en adelante se le denominara “la ley”.
Estatuto
Articulo
1°.- denominación - duración - domicilio:
la sociedad se denomina:
Metrados
SLUG sociedad anónima cerrada, pudiendo usar la abreviatura SLUG sac.
tiene una duración indeterminada; inicia sus operaciones en la fecha de este
pacto social y adquiere personalidad jurídica desde
su inscripción en el registro. su domicilio es la provincia de lima
departamento de lima; pudiendo establecer sucursales u oficinas en cualquier
lugar del país o en el extranjero.
Articulo
2°.- objeto social, la sociedad
tiene por objeto dedicarse a: la actividad de metrados en general,
edificaciones, puentes, represas, y de todo lo relacionado con las obras
civiles. Para cumplir dicho objeto podrá realizar todos aquellos actos y
contratos que sean lícitos, sin restricción alguna.
Articulo
3º.- capital social: el monto del capital
social es de s/. 20,000 (veinte mil y 00/100 nuevos soles) representado
por 20,000 acciones nominativas de un valor nominal de s/.
1.00 (un y 00/100 nuevos soles) cada una. el capital social
se encuentra totalmente suscrito y pagado.
Articulo
4°.- transferencia y adquisición
de acciones: los otorgantes acuerdan suprimir el derecho de
preferencia para la adquisición de acciones, conforme a lo
previsto en el último párrafo del artículo 237º de
la “ley”.
Articulo
5°.- órganos de la sociedad: la sociedad que se constituye tiene los
siguientes órganos: a) la junta general de accionistas; y, b) la gerencia la sociedad no tendrá directorio.
Articulo
6º.- junta general de accionistas: la
junta general de accionistas es el órgano supremo de la sociedad. Los
accionistas constituidos en junta general debidamente convocadas, y con el
quórum correspondiente, deciden por la mayoría que establece la “ley”
los asuntos propios de su competencia. Todos los accionistas incluso
los disidentes y los que no hubieran participado en la reunión, están sometidos
a los acuerdos adoptados por la junta general.la convocatoria a
junta de accionistas se sujeta a lo dispuesto en
el artículo 245º de la
“ley”. El accionista podrá hacerse representar en las reuniones
de junta general por medio de otro accionista, su cónyuge, o ascendiente o
descendiente en primer grado, pudiendo extenderse la presentación a otras
personas.
Articulo
7º.- juntas no presenciales: la celebración
de juntas no presenciales se
sujeta
a lo dispuesto por el artículo 246º de la “ley”.
Articulo
8°.- la gerencia: no habiendo directorio, todas las funciones
establecidas
en
la “ley” para este órgano societario serán ejercidas por el gerente general.
la
junta general de socios puede designar uno o más gerentes sus facultades,
remoción y responsabilidades se sujetan a lo dispuesto por los artículos
185º y siguientes de la “ley”. El gerente general está facultado
para la ejecución de todo acto y/o contrato correspondientes al objeto de la
sociedad, pudiendo asimismo realizar los siguientes actos: a) dirigir las
operaciones comerciales y administrativas .b) representar a la sociedad
ante toda clase de autoridades. en lo judicial gozara de las facultades señalas
en los artículos 74, 75, 77 y 436 del código procesal civil,
así como la facultad de representación prevista en el artículo 10 de la
ley nº 26636 y demás normas conexas y complementarias;
teniendo en todos los casos facultad de delegación o sustitución. c)
abrir, transferir, cerrar y encargarse del movimiento de todo tipo de cuenta
bancario, girar, cobrar, renovar, descontar y protestar, aceptar cheques,
letras de cambio, vales, pagares,giros,certificados,conocimientos, pólizas y cualquier clase de titulos valores,
documentos
mercantiles y civiles; otorgar recibos y cancelaciones, sobregirarse en cuenta
corriente con garantía o sin ella, solicitar toda clase de préstamos con
garantía hipotecaria, prendaria o de cualquier forma. d) adquirir y transferir
bajo cualquier titulo; comprar, vender, arrendar, donar, adjudicar y gravar los
bienes de las sociedad sean muebles o inmuebles, suscribiendo los respectivos
documentos, ya sean privados o publicos. En general podrá celebrar toda clase
de contratos nominados e innominados vinculados con el objeto social. El
gerente general podrá realizar todos los
actos necesarios para la administración de la sociedad, salvo las
facultades reservadas a la junta general de accionistas.
Articulo
9º.- modificación del estatuto, aumento y
reducción del capital: la modificación del pacto social, el aumento y reducción
de capital se sujetan a lo
dispuesto
por los artículos 198º y 199º de la “ley”, así como el aumento
y reducción
del
capital social, se sujeta a lo dispuesto por los artículos
201º al 206º y 215º al220º, respectivamente, de la “ley”.
Articulo
10º.- estados financieros y aplicación de
utilidades.- se rige por lo dispuesto en los artículos 40º, 221º ,
222º, 223º, 224º, 225º, 227º,228º, 229º, 230º, 231º, 232º, 233º y
242º de la “ley”.
Articulo
11º.- disolución, liquidación y extinción:
en cuanto a la disolución, liquidación y extinción de la sociedad, se sujeta a
lo dispuesto por los artículos 407º,409º,410º, 412º, 413º al 422º
de la “ley”.
Quinto.-
queda designado como primer gerente general Ullilen Marcilla Miguel
con DNI N°44256413 y domicilio en la Av. Brasil Nº1223.
Clausula adicional i.-
se designa a: Gustavo Galván Badajos, con DNI nº 45232562,
subgerente de la sociedad, quien reemplazara al gerente general en caso de
ausencia o impedimento con las mismas facultades previstas para este.
Declaración jurada de recepción de bienes
Por
el presente documento, yo Ullilen Marcilla Miguel en
mi calidad de gerente general designado de la sociedad
denominada Metrados SLUG sociedad
anónima cerrada que se constituye declaro bajo juramento
haber recibido los bienes muebles que aparecen detallados y
valorizados en la clausula tercera del pacto social que antecede. Lima, 7
noviembre de 2011