Modelo de Constitución de Minuta – S.A.C.

¿QUE ES UNA MINUTA?
Es un documento privado, elaborado y firmado por un abogado, que contiene el acto o contrato (constitución de la empresa) que debo presentar ante un notario para su a escritura pública.

MINUTA
Señor Notario:
Sírvase extender en su Registro de Escrituras Públicas, una Constitución de Sociedad Anónima Cerrada, que otorgan:
Alfredo Silvestre Espinoza de nacionalidad peruana, con DNI nº 41997326, estado civil soltero.
José Lama Reátegui de nacionalidad peruana, con DNI nº 09850285, estado civil soltero.
Miguel Ullilen Marcilla de nacionalidad peruana, con DNI nº 44256413, estado civil soltero.
Gustavo Galván Badajos de nacionalidad peruana, con DNI nº45232562, estado civil soltero.
Todos señalando domicilio común para efectos de este instrumento en comandante Espinar Nº 230, urbanización mira, distrito de san miguel, provincia lima, departamento de lima.

En los términos siguientes:

Primero.- por el presente pacto social, los otorgantes manifiestan su libre voluntad de constituir una sociedad anónima cerrada, bajo la denominación de Metrados SLUG sociedad anónima cerrada. Se obligan a efectuar los aportes para la formación del capital social y a formular el correspondiente estatuto.

Segundo.- el monto del capital social es de s/. 20,000.00 (veinte mil y 00/100nuevos soles) representado por 20,000 acciones nominativas de un valor nominal de s/. 1.00 (un y 00/100 nuevos soles) cada una, suscritas y pagadas de la siguiente manera:
Alfredo Silvestre Espinozasuscribe 5,000 acciones nominativas y paga s/. 5,000 (cinco mil y 00/100 nuevos soles) en bienes dinerarios.
José Lama Reátegui, suscribe 5,000 acciones nominativas y paga s/. 5,000 (cinco mil y 00/100 nuevos soles) en bienes dinerarios.
Miguel Ullilen Marcilla, suscribe 5,000 acciones nominativas y paga s/. 5,000 (cinco mil y 00/100 nuevos soles) en bienes muebles el capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado.
Gustavo Galván Badajos, suscribe 5,000 acciones nominativas y paga s/. 5,000 (cinco mil y 00/100 nuevos soles) en bienes muebles el capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado.

Tercero.-los otorgantes declaran que los bienes muebles aportados a la sociedad por los socios, Miguel Ullilen Marcilla y Gustavo Galván Badajos son los que a continuación se detalla y que el criterio adoptado para la valorización, en cada caso, es el que se indica:
6 computadoras de última generación de valor de mercado s/. 10,000.00 (diez mil y 00/100 nuevos soles)
Cuarto.- la sociedad se regirá por estatuto siguiente y en todo lo no previsto por este, se estará a lo dispuesto por la ley general de sociedades - ley 26887 – que en adelante se le denominara “la ley”.

Estatuto

Articulo 1°.- denominación - duración - domicilio: la sociedad se denomina:
Metrados SLUG sociedad anónima cerrada, pudiendo usar la abreviatura SLUG sac. tiene una duración indeterminada; inicia sus operaciones en la fecha de este pacto social y adquiere personalidad jurídica desde su inscripción en el registro. su domicilio es la provincia de lima departamento de lima; pudiendo establecer sucursales u oficinas en cualquier lugar del país o en el extranjero.
Articulo 2°.- objeto social, la sociedad tiene por objeto dedicarse a: la actividad de metrados en general, edificaciones, puentes, represas, y de todo lo relacionado con las obras civiles. Para cumplir dicho objeto podrá realizar todos aquellos actos y contratos que sean lícitos, sin restricción alguna.
Articulo 3º.- capital social: el monto del capital social es de s/. 20,000 (veinte mil y 00/100 nuevos soles) representado por 20,000 acciones nominativas de un valor nominal de s/. 1.00 (un y 00/100 nuevos soles) cada una. el capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado.
Articulo 4°.- transferencia y adquisición de acciones: los otorgantes acuerdan suprimir el derecho de preferencia para la adquisición de acciones, conforme a lo previsto en el último párrafo del artículo 237º de la “ley”.
 Articulo 5°.- órganos de la sociedad: la sociedad que se constituye tiene los siguientes órganos: a) la junta general de accionistas; y, b) la gerencia la sociedad no tendrá directorio.
Articulo 6º.- junta general de accionistas: la junta general de accionistas es el órgano supremo de la sociedad. Los accionistas constituidos en junta general debidamente convocadas, y con el quórum correspondiente, deciden por la mayoría que establece la “ley” los asuntos propios de su competencia. Todos los accionistas incluso los disidentes y los que no hubieran participado en la reunión, están sometidos a los acuerdos adoptados por la junta general.la convocatoria a junta de accionistas se sujeta a lo dispuesto en el artículo 245º de la “ley”. El accionista podrá hacerse representar en las reuniones de junta general por medio de otro accionista, su cónyuge, o ascendiente o descendiente en primer grado, pudiendo extenderse la presentación a otras personas.
Articulo 7º.- juntas no presenciales: la celebración de juntas no presenciales se
sujeta a lo dispuesto por el artículo 246º de la “ley”.
 Articulo 8°.- la gerencia: no habiendo directorio, todas las funciones establecidas
en la “ley” para este órgano societario serán ejercidas por el gerente general.
 la junta general de socios puede designar uno o más gerentes sus facultades, remoción y responsabilidades se sujetan a lo dispuesto por los artículos 185º y siguientes de la “ley”. El gerente general está facultado para la ejecución de todo acto y/o contrato correspondientes al objeto de la sociedad, pudiendo asimismo realizar los siguientes actos: a) dirigir las operaciones comerciales y administrativas .b) representar a la sociedad ante toda clase de autoridades. en lo judicial gozara de las facultades señalas en los artículos 74, 75, 77 y 436 del código procesal civil, así como la facultad de representación prevista en el artículo 10 de la ley nº 26636 y demás normas conexas y complementarias; teniendo en todos los casos facultad de delegación o sustitución. c) abrir, transferir, cerrar y encargarse del movimiento de todo tipo de cuenta bancario, girar, cobrar, renovar, descontar y protestar, aceptar cheques, letras de cambio, vales, pagares,giros,certificados,conocimientos, pólizas y cualquier clase de titulos valores, 
documentos mercantiles y civiles; otorgar recibos y cancelaciones, sobregirarse en cuenta corriente con garantía o sin ella, solicitar toda clase de préstamos con garantía hipotecaria, prendaria o de cualquier forma. d) adquirir y transferir bajo cualquier titulo; comprar, vender, arrendar, donar, adjudicar y gravar los bienes de las sociedad sean muebles o inmuebles, suscribiendo los respectivos documentos, ya sean privados o publicos. En general podrá celebrar toda clase de contratos nominados e innominados vinculados con el objeto social. El gerente general podrá realizar todos los actos necesarios para la administración de la sociedad, salvo las facultades reservadas a la junta general de accionistas.
Articulo 9º.- modificación del estatuto, aumento y reducción del capital: la modificación del pacto social, el aumento y reducción de capital se sujetan a lo
dispuesto por los artículos 198º y 199º de la “ley”, así como el aumento y reducción
del capital social, se sujeta a lo dispuesto por los artículos 201º al 206º y 215º al220º, respectivamente, de la “ley”.
Articulo 10º.- estados financieros y aplicación de utilidades.- se rige por lo dispuesto en los artículos 40º, 221º , 222º, 223º, 224º, 225º, 227º,228º, 229º, 230º, 231º, 232º, 233º y 242º de la “ley”.
Articulo 11º.- disolución, liquidación y extinción: en cuanto a la disolución, liquidación y extinción de la sociedad, se sujeta a lo dispuesto por los artículos 407º,409º,410º, 412º, 413º al 422º de la “ley”.
Quinto.- queda designado como primer gerente general Ullilen Marcilla Miguel con DNI N°44256413 y domicilio en la Av. Brasil Nº1223.
Clausula adicional i.- se designa a: Gustavo Galván Badajos, con DNI nº 45232562, subgerente de la sociedad, quien reemplazara al gerente general en caso de ausencia o impedimento con las mismas facultades previstas para este.
Declaración jurada de recepción de bienes
Por el presente documento, yo Ullilen Marcilla Miguel en mi calidad de gerente general designado de la sociedad denominada Metrados SLUG sociedad anónima cerrada que se constituye declaro bajo juramento haber recibido los bienes muebles que aparecen detallados y valorizados en la clausula tercera del pacto social que antecede. Lima, 7 noviembre de 2011
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